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Legislación › Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.

Disposición transitoria.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de mayo de 1987 y la del 28 de mayo de 2016. Tachado: lo que se quitó (107 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria.
1. Se dota a la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión con un fondo de 80.000.000 de pesetas para atender a sus gastos de instalación, funcionamiento y cumplimiento de objetivos durante el presente ejercido de 1987.
Para la provisión de dicho fondo se concede un crédito extraordinario a los presupuestos de la Comunidad Autónoma por el mencionado importe.
2. Por la Diputación General se dictarán, una vez aprobados los presupuestos de explotación y de capital de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión para 1987, las normas necesarias para la adecuación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma, en función de lo dispuesto en la presente Ley.
(Suprimida).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de mayo de 2016 En vigor BOE-A-2016-5902 Leer Qué cambió
12 de mayo de 1987 Texto original Leer

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