Legislación › Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.
Disposición transitoria.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de mayo de 1987 y la del 28 de mayo de 2016.
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Disposición transitoria.
1. Se dota a la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión con un fondo de 80.000.000 de pesetas para atender a sus gastos de instalación, funcionamiento y cumplimiento de objetivos durante el presente ejercido de 1987. (Suprimida).
Para la provisión de dicho fondo se concede un crédito extraordinario a los presupuestos de la Comunidad Autónoma por el mencionado importe.
2. Por la Diputación General se dictarán, una vez aprobados los presupuestos de explotación y de capital de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión para 1987, las normas necesarias para la adecuación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma, en función de lo dispuesto en la presente Ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de mayo de 2016 En vigor | BOE-A-2016-5902 | Leer | Qué cambió |
| 12 de mayo de 1987 | Texto original | Leer |


