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Legislación › Ley 2/1987, de 6 de marzo, de Honores, Condecoraciones y Distinciones de la Diputación Regional de Cantabria.

Artículo 3.

Artículo 3.

Las distinciones reguladas por la presente Ley se otorgaran con carácter exclusivamente honorífico, sin que generen derecho alguno de contenido económico.

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