Legislación › Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos.
Disposición adicional primera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de mayo de 1987 y la del 14 de noviembre de 2025.
Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras).
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Disposición adicional primera.
La adscripción de Museos al Ministerio de Cultura se realiza realizará a través de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos, cualquiera que sea el régimen administrativo específico de u organismo competente, atendiendo en cada uno caso al ámbito de ellos. especialidad del museo conforme a sus fines fundacionales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de noviembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-22948 | Leer | Qué cambió |
| 14 de mayo de 1987 | Texto original | Leer |


