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Legislación › Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Disposición transitoria octava.

Disposición transitoria octava.

En tanto no se apruebe el Reglamento regulador de los sistemas de acceso a la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias se aplicarán las normas reglamentarias del Estado en la materia.

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