Legislación › Ley Orgánica 2/1987, de 18 de mayo, de Conflictos Jurisdiccionales.
Artículo diecinueve.
Artículo diecinueve.
La sentencia se notificará inmediatamente a las partes y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», devolviéndose las actuaciones a quien corresponda.


