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Legislación › Orden de 27 de mayo de 1987 por la que se desarrolla lo dispuesto en los artículos 7.º del Real Decreto 1532/1986, de 11 de julio, y 8.º del Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, reguladores de las Asociaciones de Alumnos y de Padres de Alumnos, respectivamente.

Once.

Once.

Toda asociación, federación o confederación que, cumpliendo los requisitos legales, sea incluida en el censo, recibirá un número de orden que, debidamente notificado, será transcrito en los sucesivos documentos que se remitan a la Administración Pública.

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