LexTotal

Legislación › Instrumento de Adhesión de España al Convenio sobre la Elaboración de una Farmacopea Europea, hecho en Estrasburgos el 22 de julio de 1964.

Artículo 17. Aplicación provisional.

Artículo 17. Aplicación provisional.

En espera de la entrada en vigor del presente Convenio en las condiciones previstas en el artículo 11, los Estados firmantes acuerdan, a fin de evitar todo retraso en el cumplimiento del presente Convenio, aplicarlo con carácter provisional a partir del momento de su firma, de conformidad con sus normas constitucionales respectivas.

Redactado el título conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 178, de 27 de julio de 1987. BOE-A-1987-17455.

← Artículo 16 Índice