Legislación › Ley Foral 7/1987, de 21 de abril, de órganos rectores de las Cajas de Ahorro de Navarra.
Disposición adicional.
Disposición adicional.
De conformidad con lo establecido en el artículo 56,1,f) de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, lo dispuesto en esta Ley Foral no afectará a los convenios existentes en esta materia, ni a su modificación.
← Disposición transitoria quinta Índice Disposición final primera →


