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Legislación › Ley Foral 8/1987, de 21 de abril, de creación de la Universidad Pública de Navarra.

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera.

En el plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de la presente Ley Foral, el Gobierno de Navarra establecerá la composición de la Comisión Gestora, regulará sus funciones y atribuciones, así como las de su Presidente, y adoptará las medidas necesarias para su constitución.

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