Legislación › Ley 9/1987, de 12 de junio, de Organos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
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Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de noviembre de 2015 y la del 13 de mayo de 2007.
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Norma derogada, excepto su el art. 7 y con la excepción contemplada los preceptos contemplados en la disposición transitoria 5 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, 7/2007, de 30 12 de octubre. BOE-A-2015-11719., según establece abril. BOE-A-2007-7788., por su disposición derogatoria única.c) y con el alcance establecido en su disposición final 4.
Disposición transitoria quinta. Procedimiento Electoral General.
"En tanto se determine el procedimiento electoral general previsto en el artículo 39 del presente Estatuto, se mantendrán con carácter de normativa básica los siguientes artículos de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas: 13.2, 13.3, 13.4, 13.5, 13.6, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 25, 26, 27, 28 y 29."
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de julio de 1987 En vigor | Texto original | Leer | Qué cambió |
| 13 de mayo de 2007 | BOE-A-2007-7788 | Leer | Qué cambió |
| 1 de noviembre de 2015 | BOE-A-2015-11719 | Leer |


