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Legislación › Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Artículo 59.

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Artículo 59.
En el ejercicio de su función de servirá servir de cauce de participación integrada del sector en el ejercicio de las funciones públicas que le afecten, corresponderán al Comité Nacional del Transporte por carretera Carretera las siguientes competencias:
a) Informar Participar, en los procedimientos de fijación representación de tarifas las empresas y proponer asociaciones de transporte, en su caso a la Administración las que consideren que deben aplicarse el procedimiento de elaboración de cuantas disposiciones se dicten en los distintos servicios y actividades materia de transporte. transporte por carretera.
b) Informar a petición Participar, en representación de la Administración las empresas y asociaciones de transporte, en el procedimiento de imposición de las sanciones que lleven aparejada la revocación definitiva elaboración de la autorización todos aquellos programas o la caducidad planes de la concesión.
c) Colaborar con la Administración en la forma
transporte que se prevea afecten al desarrollo del transporte por ésta en relación con la capacitación profesional y con la gestión de la declaración de porte u otros documentos carretera o de control alguna de transporte.
d) Promover
sus actividades auxiliares y colaborar con complementarias.
c) Proponer a
la Administración en la creación de centros de información y distribución adopción de cargas y estaciones aquellas actuaciones que considere de interés general para el sector del transporte por carretera.
e) d) Evacuar cuantas consultas le sean realizadas por la Administración.
f) Participar en representación de las empresas y asociaciones de transporte en el procedimiento de elaboración de cuantas disposiciones se dicten en materia de transporte.
g)
e) Realizar cuantas otras funciones le sean legal o reglamentariamente atribuidas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de julio de 2013 En vigor BOE-A-2013-7320 Leer Qué cambió
1 de agosto de 1987 Texto original Leer

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