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Legislación › Real Decreto 1094/1987, de 26 de junio, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración, Fabricación, Circulación y Comercio de Cereales en Copos o Expandidos.

Art. 12.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de septiembre de 1987 y la del 30 de marzo de 2013. Tachado: lo que se quitó (49 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 12.
Los envases y embalajes de cereales en copos o expandidos podrán ser de cartón, material celulósico, sulfurizado, parafinado, metalizado o plastificado de celofán, de compuestos macromoleculares, autorizados para tal fin o de cualquier otro material que sea autorizado por la Dirección General correspondiente del Ministerio de Sanidad y Consumo. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2013 En vigor BOE-A-2013-3402 Leer Qué cambió
28 de septiembre de 1987 Texto original Leer

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