Legislación › Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Artículo 44.
Artículo 44.
Los funcionarios con habilitación de carácter nacional serán responsables del buen funcionamiento de los servicios a su cargo y de que sus actuaciones se ajusten a la legalidad vigente.


