Legislación › Ley 9/1986, de 30 de diciembre, por la que se crean los Entes de derecho público Instituto Valenciano de Artes Escénicas, Cinematografía y Música e Instituto Valenciano de Arte Moderno.
Artículo 23.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de enero de 1987 y la del 1 de enero de 2015.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (42 palabras).
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Artículo 23.
El Director Gerente director o directora gerente del Instituto Valenciano de Arte Moderno Moderno, que tendrá la condición de alto cargo, será nombrado y cesado por el Consejo Rector, decreto del Consell, a propuesta de la persona titular de la presidencia del Presidente. IVAM, oído el consejo rector.
Su designación atenderá a los principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2015 En vigor | BOE-A-2015-1236 | Leer | Qué cambió |
| 8 de enero de 1987 | Texto original | Leer |


