Legislación › Real Decreto 1545/1987, de 11 de diciembre, por el que se establece el régimen de retribuciones de los funcionarios de Administración y Servicios de las Universidades de competencia de la Administración del Estado.
Art. 8. Indemnizaciones.
Art. 8. Indemnizaciones.
Las indemnizaciones por razón del servicio o por residencia en territorio nacional de los funcionarios de Administración y Servicios de las Universidades que tengan derecho a ellas, serán las mismas que correspondan al personal al servicio de la Administración del Estado. En ningún caso habrá derecho a percibir indemnización por casa-habitación.


