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Legislación › Orden de 10 de diciembre de 1987 por la que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Social de la Universidad Politécnica de Madrid.

Artículo 21. Reforma del Reglamento.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de diciembre de 1987 y la del 31 de marzo de 1997. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 21. Reforma del Reglamento.
Podrá proponer la reforma de este Reglamento un número no inferior a 11 cinco miembros del Consejo Social.
La propuesta de reforma deberá ir acompañada de un texto articulado alternativo y de la argumentación en que se funde.
La aprobación de la propuesta de reforma requerirá el voto favorable de al menos 13 más de la mitad de los miembros del Consejo. con derecho a voto que pertenezcan al Consejo Social.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de marzo de 1997 En vigor BOE-A-1997-5227 Leer Qué cambió
19 de diciembre de 1987 Texto original Leer

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