Legislación › Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Artículo 30. Acumulación de donaciones y contratos y pactos sucesorios.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1988 y la del 1 de enero de 1997.
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Artículo 30. Acumulación de donaciones.
1. Las donaciones y demás transmisiones "inter vivos" equiparables que se otorguen por un mismo donante a un mismo donatario dentro del plazo de tres años, a contar desde la fecha de cada una, se considerarán como una sola transmisión a los efectos de la liquidación del impuesto, por lo que impuesto. Para determinar la cuota tributaria se obtendrá en función de la suma de todas las bases imponibles. Las cuotas satisfechas con anterioridad por las donaciones acumuladas serán deducibles aplicará, al valor de la liquidación los bienes y derechos actualmente transmitidos, el tipo medio que se practique como consecuencia correspondería al valor de la acumulación. totalidad de los acumulados.
2. Las donaciones a que se refiere Lo dispuesto en el apartado anterior serán acumulables anterior, a efectos de la base imponible en determinación de la cuota tributaria, será igualmente aplicable a las donaciones y demás transmisiones "inter vivos" equiparables acumula bles a la sucesión que se cause por el donante a favor del donatario, siempre que el plazo que medie entre ésta y aquéllas no exceda de cinco años, y se considerarán a los años.
3. A estos efectos de determinar la cuota tributaria como una sola adquisición. De la liquidación practicada por la sucesión será deducible, en su caso, el importe de lo ingresado por las donaciones acumuladas, procediéndose a la devolución de todo o parte de lo ingresado se entenderá por éstas cuando la suma totalidad de sus importes sea superior al los bienes y derechos acumulados, los procedentes de la liquidación donaciones y demás transmisiones "inter vivos" equiparables anteriores y los que se practique por son objeto de la sucesión. transmisión actual.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de julio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-11473 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2003 | BOE-A-2002-25412 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2001 | BOE-A-2000-24357 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1997 | BOE-A-1996-29118 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1988 | Texto original | Leer |


