Legislación › Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988.
Artículo 74. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos Autónomos y Entes Públicos.
Artículo 74. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos Autónomos y Entes Públicos.
Se autoriza a los Organismos y Entidades que figuran en el anexo II de esta Ley a concertar operaciones de crédito durante 1988 por los importes netos que, para cada uno, figuran en el anexo citado. Este límite será efectivo al término del ejercicio.


