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Legislación › Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalidad.

Artículo 17.

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Artículo 17.
1. El ejercicio de un segundo puesto de trabajo o actividad pública o privada requerirá, requiere, en cualquier caso, expresa todos los casos, autorización expresa previa.
2. Transcurrido el plazo previsto reglamentariamente desde la presentación de la solicitud de autorización de compatibilidad en el registro del órgano competente para resolverla sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se entiende desestimada la solicitud de autorización de compatibilidad de las actividades declaradas en la solicitud.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2020 En vigor BOE-A-2020-5569 Leer Qué cambió
24 de diciembre de 1987 Texto original Leer

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