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Legislación › Real Decreto 469/1987, de 3 de abril, por el que se articulan las competencias conjuntas atribuidas al Ministerio para las Administraciones Públicas y al Ministerio de Economía y Hacienda, en la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.

preambulo

La Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987, define un nuevo sistema de atribución de competencias en materia de relaciones de puestos de trabajo y retribuciones de personal, basado en la colaboración entre el Ministerio para las Administraciones Públicas y el Ministerio de Economía y Hacienda;

Para hacer operativo este sistema de competencias compartidas, se hace preciso un Órgano de carácter interministerial, con intervención de los Departamentos a los que conciernan los temas que se planteen, en cuyo seno se aúnen los criterios existentes a fin de elaborar las propuestas conjuntas de ambos Ministerios y resolver las que se eleven a su consideración, creando, asimismo, una Comisión ejecutiva con el objeto de agilizar al máximo el funcionamiento de dicho Órgano;

Simultáneamente, es conveniente crear los correspondientes Órganos de ámbito ministerial que, fundamentalmente, estudien y eleven las oportunas propuestas al citado Órgano Interministerial o a su Comisión Ejecutiva,

En su virtud, a propuesta de los Ministros pan las Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de abril de 1987,

DISPONGO:

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