Legislación › Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional.
Artículo 2.º
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de mayo de 1987 y la del 8 de abril de 2026.
Tachado: lo que se quitó (8 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Artículo 2.º
El domicilio La sede del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional estará, a todos los efectos, en es el Palacio Real de Madrid.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de abril de 2026 En vigor | BOE-A-2026-7823 | Leer | Qué cambió |
| 3 de mayo de 1987 | Texto original | Leer |


