Legislación › Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional.
Artículo 83.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de junio de 1989 y la del 14 de enero de 1996.
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Artículo 83.
Corresponde a la Subdirección General Dirección del Patrimonio Arquitectónico e Inmuebles el ejercicio de las siguientes funciones:
a) La dirección ordenación y ejecución de las actuaciones necesarias para la restauración, mejora y conservación del patrimonio arquitectónico, tanto en lo referente a edificios, como a parques, montes y jardines.
b) El seguimiento de actuaciones en materia de seguridad de en dicho patrimonio arquitectónico.
c) El cuidado y cuidado, mantenimiento y mejora de las condiciones ecológicas en los parques parques, montes y montes. jardines.
d) La elaboración del inventario de bienes inmuebles y de los derechos sobre los mismos, y de semovientes, y la permanente actualización de los mismos.
e) La administración de los bienes inmuebles.
f) La tramitación de los expedientes de afectación y desafectación de los bienes inmuebles, así como la preparación de las correspondientes propuestas.
g) La realización de aquellas actuaciones cualquier otra actuación que le sean encomendadas sea encomendada por el Consejero Gerente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de abril de 2026 En vigor | BOE-A-2026-7823 | Leer | Qué cambió |
| 29 de marzo de 2014 | BOE-A-2014-3371 | Leer | Qué cambió |
| 30 de abril de 2011 | BOE-A-2011-7704 | Leer | Qué cambió |
| 14 de enero de 1996 | BOE-A-1996-907 | Leer | Qué cambió |
| 22 de junio de 1989 | BOE-A-1989-14135 | Leer | Qué cambió |
| 3 de mayo de 1987 | Texto original | Leer |


