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Legislación › Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Hospitales gestionados por el Instituto Nacional de la Salud.

Artículo 8.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de abril de 1987 y la del 11 de mayo de 1990. Tachado: lo que se quitó (103 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 8.
1. El Director Gerente será designado mediante el sistema de concurso-oposición previa convocatoria que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Con aquellas personas designadas para ocupar puesto de trabajo de Director Gerente se formalizará por el Instituto Nacional de la Salud contrato laboral especial de personal de alta dirección, conforme a lo previsto en el artículo 2.1, a), del Estatuto de los Trabajadores y normas de desarrollo.
2. En la convocatoria figurarán los requisitos mínimos siguientes:
a) Poseer nacionalidad española.
b) Poseer titulación superior universitaria.
c) No encontrarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas profesionales o de la Seguridad Social.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de julio de 1992 En vigor BOE-A-1992-17946 Leer Qué cambió
11 de mayo de 1990 BOE-A-1990-10500 Leer Qué cambió
17 de abril de 1987 Texto original Leer

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