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Legislación › Ley 2/1987, de 24 de febrero, Electoral de la Región de Murcia.

Artículo 24.

Artículo 24.

Durante la campaña electoral los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones que concurran a las elecciones tendrán derecho a espacios gratuitos de propaganda en los distintos medios de comunicación de titularidad pública que operen en el ámbito regional.

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