Legislación › Tratado de Extradición entre España y Australia, firmado en Madrid el 22 de abril de 1987.
Artículo 1. Obligación de conceder la extradición.
Artículo 1. Obligación de conceder la extradición.
Los Estados Contratantes se comprometen a entregarse recíprocamente, según las disposiciones del presente Tratado, a las personas a quienes se persiga para su enjuiciamiento o para la imposición o cumplimiento de una condena en el Estado requirente por un hecho que de lugar a extradición.


