Legislación › Ley 7/1988, de 30 de marzo, de reclasificación del Parque Nacional de Aigüestortes y Lago de Sant Maurici.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
En un plazo máximo de un año, el Consejo Ejecutivo, previo informe del Patronato, dictará las normas necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.


