Legislación › Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de S. M. el Rey.
Artículo 8.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de mayo de 1988 y la del 29 de agosto de 2015.
Tachado: lo que se quitó (43 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras).
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Artículo 8.
El Personal de la Casa de Su Majestad el Rey podrá ser de las siguientes clases. clases:
a) De Alta Dirección. alta dirección.
b) De Dirección. dirección.
c) Funcionarios de carrera de la Administración Civil o Militar del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la Administración Institucionales y Autónomas o de la Seguridad Social, así como del Poder Judicial y Carrera Fiscal. las Entidades Locales.
d) Funcionamos comprendidos en la disposición transitoria del Decreto-ley 6/1976, de 16 de junio. Funcionarios
e)eventuales eventuales.
f) e) Personal laboral.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-9460 | Leer | Qué cambió |
| 11 de mayo de 1988 | Texto original | Leer |


