Legislación › Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de S. M. el Rey.
Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única.
La auditoría externa del Tribunal de Cuentas se aplicará por primera vez a las cuentas anuales correspondientes al ejercicio económico siguiente a la fecha en que se firme el Convenio de colaboración previsto en el artículo 13 de este real decreto.
Se añade por el art. único.12 del Real Decreto 297/2022, de 26 de abril. BOE-A-2022-6765
← Disposición adicional única Índice Disposición derogatoria →


