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Legislación › Ley 5/1988, de 28 de marzo, de creación de las comarcas del Pla de l'Estany, el Pla d'Urgell y la Alta Ribagorça.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

Los actuales Consejos comarcales de las comarcas de las Garrigues, el Gironès, la Noguera, el Pallars Jussà, el Segrià i el Urgell continuarán transitoriamente inalterados, hasta que se proceda a una nueva elección por las Juntas electorales competentes, simultáneamente al proceso regulado por la disposición final primera de la presente Ley.

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