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Legislación › Ley Orgánica 6/1988, de 9 de junio, por la que se modifican los artículos 50 y 896 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

Lo dispuesto en la presente Ley Orgánica será de aplicación a las demandas de amparo que se encuentren pendientes de admisión a la fecha de su entrada en vigor.

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