Legislación › Ley Orgánica 6/1988, de 9 de junio, por la que se modifican los artículos 50 y 896 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
Disposición transitoria.
Disposición transitoria.
Lo dispuesto en la presente Ley Orgánica será de aplicación a las demandas de amparo que se encuentren pendientes de admisión a la fecha de su entrada en vigor.


