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Legislación › Orden de 22 de julio de 1987 por la que se aprueba, con carácter provisional, el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo de Policía.

Artículo 3.º

Artículo 3.º

El Consejo de Policía estará compuesto por igual número de representantes de la Administración y de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.

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