Legislación › Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
Artículo 111. Ámbito de aplicación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de julio de 2003 y la del 1 de septiembre de 2010.
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Artículo 111. Ámbito de aplicación.
1. Lo dispuesto en este título será de aplicación a las sociedades anónimas cuyas acciones estén admitidas a negociación en un mercado oficial de valores, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 112. (Derogado)
2. Las sociedades a que se refiere el apartado anterior se regirán, en todas aquellas cuestiones no previstas en este título, por las disposiciones aplicables a las sociedades anónimas, aparte de las demás normas que les sean de aplicación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de septiembre de 2010 En vigor | BOE-A-2010-10544 | Leer | Qué cambió |
| 19 de julio de 2003 | BOE-A-2003-14405 | Leer |


