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Legislación › Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

Artículo 111. Ámbito de aplicación.

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Artículo 111. Ámbito de aplicación.
1. Lo dispuesto en este título será de aplicación a las sociedades anónimas cuyas acciones estén admitidas a negociación en un mercado oficial de valores, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 112.
2. Las sociedades a que se refiere el apartado anterior se regirán, en todas aquellas cuestiones no previstas en este título, por las disposiciones aplicables a las sociedades anónimas, aparte de las demás normas que les sean de aplicación.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de septiembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-10544 Leer Qué cambió
19 de julio de 2003 BOE-A-2003-14405 Leer

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