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Legislación › Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

Artículo 4

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de enero de 1989 y la del 1 de enero de 1993. Tachado: lo que se quitó (119 palabras). Subrayado: lo que se añadió (68 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 4
A los efectos de esta Ley, se considerarán pertenecientes a un mismo grupo las entidades que constituyan una unidad de decisión, decisión porque cualquiera alguna de ellas controle ostente o pueda controlar, ostentar, directa o indirectamente, las decisiones el control de las demás. demás, o porque dicho control corresponda a una o varias personas físicas que actúen sistemáticamente en concierto.
Se entenderá, en lodo caso, presumirá que existe control en todo caso unidad de una entidad dominada por otra dominante decisión cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que la entidad dominante disponga de la mayoría
alguno de los derechos de voto de la entidad dominada, bien directamente, bien mediante acuerdos con otros socios supuestos contemplados en el número 1 del artículo 42 del Código de esta última.
b) Que la entidad dominante tenga derecho a nombrar
Comercio, o a destituir a la mayoría de los miembros de los órganos de gobierno de la entidad dominada, bien directamente, bien a través de acuerdos con otros socios de esta última.
c) Que
cuando al menos la mitad más uno de los consejeros Consejeros de la entidad dominada sean consejeros Consejeros o altos directivos de la entidad dominante dominante, o de otra entidad dominada por ella dominada. ésta.
A efectos efecto de lo previsto en los apartados párrafos anteriores, a los derechos de voto, nombramiento o destitución en ellos mencionados, la dominante se añadirán los que la entidad dominante posea, posea a través de las otras entidades dominadas, dominadas o a través de otras personas que actúen por cuenta de la entidad dominante, dominante o de otras entidades por ella dominadas. dominadas, o aquéllos de los que disponga concertadamente con cualquier otra persona.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de diciembre de 2007 En vigor BOE-A-2007-21913 Leer Qué cambió
1 de enero de 1993 BOE-A-1992-12545 Leer Qué cambió
29 de enero de 1989 Texto original Leer

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