Legislación › Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
Artículo 73
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de noviembre de 1998 y la del 1 de septiembre de 2004.
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Artículo 73
La autorización concedida a una empresa de servicios de inversión o a una de las entidades a que se refiere el artículo 65.2 de esta Ley o a una sucursal de una entidad con sede en Estados no comunitarios podrá revocarse en los siguientes supuestos:
a) Si no da comienzo a las actividades autorizadas dentro de los doce meses siguientes a la fecha de la notificación de la autorización, por causa imputable al interesado.
b) Si renuncia expresamente a la autorización, independientemente de que se transforme en otra entidad o acuerde su disolución.
c) Si interrumpe, de hecho, las actividades específicas autorizadas durante un período superior aseis meses.
d) Si durante un año realiza un volumen de actividad inferior al normal que reglamentariamente se determine.
e) Si incumple de forma sobrevenida cualquiera de los requisitos para la obtención de la autorización, salvo que se disponga alguna otra cosa en relación con los citados requisitos.
f) En caso de incumplimiento grave, manifiesto y sistemático de las obligaciones previstas en las letras b), d) y h) del artículo 70.1 de la presente Ley.
g) Cuando se dé el supuesto previsto en el número 11 del artículo 69.
h) Si la empresa de servicios de inversión o la persona o entidad es, según proceda, es declarada judicialmente en concurso, en estado de quiebra ose tiene por admitida judicialmente una solicitud de suspensión de pagos. concurso.
i) Como sanción, según lo previsto en el Título VIII de esta Ley.
j) Si la empresa de servicios de inversión deja de pertenecer al Fondo de Garantía de Inversiones previsto en el Título VI.
k) Cuando se dé alguna de las causas de disolución forzosa previstas en el artículo 260 de la Ley de Sociedades Anónimas, o en el artículo 104 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
l) Si hubiera obtenido la autorización en virtud de declaraciones falsas o por otro medio irregular.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de abril de 2015 En vigor | BOE-A-2015-4607 | Leer | Qué cambió |
| 21 de diciembre de 2007 | BOE-A-2007-21913 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2004 | BOE-A-2003-13813 | Leer | Qué cambió |
| 18 de noviembre de 1998 | BOE-A-1998-26345 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1993 | BOE-A-1992-12545 | Leer | Qué cambió |
| 29 de enero de 1989 | Texto original | Leer |


