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Legislación › Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

Disposición transitoria octava.

Disposición transitoria octava.

En el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de los preceptos de esta Ley referentes a las Bolsas de Valores, deberá quedar constituida la Sociedad de Bolsas prevista en el artículo 50 de esta Ley.

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