Legislación › Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras.
Artículo 15.
Artículo 15.
La explotación de la carretera comprende las operaciones de conservación y mantenimiento, las actuaciones encaminadas a la defensa de la vía y a su mejor uso, incluyendo las referentes a señalización, ordenación de accesos y uso de las zonas de dominio público, de servidumbre y de afección.


