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Legislación › Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.

Artículo 31.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de agosto de 1988 y la del 31 de agosto de 2012. Tachado: lo que se quitó (70 palabras). Subrayado: lo que se añadió (109 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 31.
1. Únicamente cuando Cuando una entidad de crédito se encuentre en una situación alguna de excepcional gravedad que ponga las situaciones descritas en peligro el Real Decreto-ley 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, podrá acordarse la efectividad sustitución provisional de sus recursos propios o su estabilidad, liquidez o solvencia, órgano de administración en los términos previstos en esta ley y con las particularidades recogidas en el citado real decreto-ley.
2. También
podrá acordarse la intervención de la misma una entidad de crédito o la sustitución provisional de sus órganos su órgano de administración o dirección. Estas medidas se mantendrán hasta que se supere la situación mencionada.
2. Lo dispuesto
en el número 1 de este artículo será también aplicable en aquellos casos los términos previstos en que, existiendo esta ley cuando existan indicios fundados de que concurra la aquella se encuentre en una situación de excepcional gravedad a que el mismo se refiere, ponga en peligro su estabilidad, liquidez o solvencia.
3. Asimismo, procederá
la verdadera situación de intervención o la sustitución provisional del órgano de administración de una entidad de crédito no pueda deducirse en las situaciones descritas en los artículos 59 y 62, relativas a incumplimientos de su contabilidad. las personas que poseen una participación significativa.
3. 4. Las medidas de intervención o sustitución a que se refiere este artículo podrán adoptarse durante la tramitación de un expediente sancionador o con independencia del ejercicio de la potestad sanciona-dora, sancionadora, siempre que se produzca alguna de las situaciones previstas en los dos números apartados anteriores.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de noviembre de 2012 En vigor BOE-A-2012-14062 Leer Qué cambió
31 de agosto de 2012 BOE-A-2012-11247 Leer Qué cambió
19 de agosto de 1988 Texto original Leer

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