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Legislación › Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

Art. 32. Contestación a la solicitud de admisión.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de agosto de 1988 y la del 7 de mayo de 2015. Tachado: lo que se quitó (59 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 32. Contestación a la solicitud de admisión.
1. En caso de admisión de los residuos tóxicos y peligrosos, el gestor, en el plazo máximo de un mes, a partir de la recepción de la correspondiente solicitud, deberá manifestar documentalmente la aceptación y los términos de ésta.
2. En caso de no admisión, el gestor, en el mismo plazo, comunicará al productor las razones de su decisión.
(Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de mayo de 2015 En vigor BOE-A-2015-3715 Leer Qué cambió
19 de agosto de 1988 Texto original Leer

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