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Legislación › Orden de 24 de agosto de 1988 por la que se regula el procedimiento de expedición de los títulos, diplomas y certificados correspondientes a los estudios de Educación General Básica, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas.

Tercero.

Tercero.

Los titulos, diplomas y certificados se expedirán previa la adopción de las medidas técnicas precisas para garantizar su autenticidad. En todos ellos deberán figurar impresas las firmas del Ministro y del Subsecretario del Departamento.

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