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Legislación › Orden de 5 de octubre de 1988 por la que se aprueba el Reglamento de la Escuela Diplomática.

Art. 9.

Art. 9.

Uno. La Dirección de la Escuela Diplomática, con el nivel orgánico de Subdirección General, es el órgano ejecutivo permanente de gobierno del Centro.

Su titular es el superior jerárquico de todo el personal de la Escuela y, en tanto ejerza su función, ostenta el rango de Embajador Extraordinario.

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