Legislación › Ley 31/1988, de 31 de octubre, sobre Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias.
Artículo 6.
Artículo 6.
Se faculta al Gobierno para que, en relación con las actividades previstas en esta Ley con referencia a los observatorios del consorcio público Instituto de Astrofísica de Canarias, determine las limitaciones concretas a establecer en el alumbrado de exteriores, el flujo de energía radioeléctrica de las emisoras y los niveles máximos de contaminación permitidos, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Unión Astronómica Internacional.


