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Legislación › Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara obligatoria la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

Lo dispuesto en este Real Decreto no será de aplicación a los cementos que se utilicen, a partir de la fecha de entrada en vigor del mismo, en la ejecución de obras contratadas con anterioridad a dicha fecha ni a los que figuren en proyectos que hayan sido aprobados por las Administraciones Públicas o visados por los Colegios Profesionales antes de la fecha mencionada, salvo acuerdo entre las partes contratantes y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6.º del presente Real Decreto.

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