Legislación › Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
Artículo 22.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de diciembre de 1988 y la del 1 de enero de 2010.
Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (47 palabras).
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Artículo 22.
Contrato El contrato de creación publicitaria patrocinio publicitario es aquél por el que, que el patrocinado, a cambio de una contraprestación, una persona física o jurídica se obliga en favor ayuda económica para la realización de un anunciante su actividad deportiva, benéfica, cultural, científica o agencia de otra índole, se compromete a idear y elaborar un proyecto colaborar en la publicidad del patrocinador.
El contrato de campaña publicitaria, una parte patrocinio publicitario se regirá por las normas del contrato de la misma o cualquier otro elemento publicitario. difusión publicitaria en cuanto le sean aplicables.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2010 En vigor | BOE-A-2009-21162 | Leer | Qué cambió |
| 5 de diciembre de 1988 | Texto original | Leer |


