Legislación › Real Decreto 1467/1988, de 2 de diciembre, sobre clasificación de personal vario que presta servicios en Centros públicos docentes no universitarios.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
El Ministerio de Educación y Ciencia y, en su caso, los Organos competentes de las Comunidades Autónomas con plenas competencias en materia educativa dictarán cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y cumplimiento del presente Real Decreto, y llevarán a cabo las modificaciones presupuestarias que requiera su aplicación.


