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Legislación › Real Decreto 1468/1988, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los productos industriales destinados a su venta directa a los consumidores y usuarios.

Artículo 3.

Artículo 3.

Quedan excluidos del cumplimiento de las disposiciones sobre etiquetado de la presente norma los siguientes productos:

– Cosméticos y productos sanitarios.

– Productos farmacéuticos.

– Productos alimenticios.

– Productos artesanos.

– Los productos considerados como obras de arte o antigüedades.

– Todos aquellos productos industriales que tengan normativa específica en esta materia.

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