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Legislación › Ley 4/1988, de 26 de octubre, por la que se declara «Oyambre» Parque Natural.

Anexo único

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de noviembre de 1988 y la del 2 de junio de 2006. Tachado: lo que se quitó (706 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Anexo único
Delimitación del Parque Natural Oyambre
Norte: El límite norte lo constituye la línea de costa, que comienza al este en la desembocadura del regato Lumbreras.
Desde este punto, y en sentido del este a oeste, el límite sigue la línea de la costa hasta la desembocadura de la ría de La Rabia, continúa por la playa de Oyambre hasta el cabo del mismo nombre y, tras remontar la punta oeste del cabo, continúa por la playa de Merón hasta la desembocadura de la ría de San Vicente, donde está situado el espigón y faro de entrada al puerto. Desde este punto discurre hacia el oeste pasando por Punta Leñara, la Punta del Fraile y acabando en la Punta de África, en su extremo oeste, final de la delimitación norte el área, que se corresponde con el borde de la ensenada de Fuentes y la llamada playa o cala de Santillán.
Oeste: El límite oeste comienza al norte, en la Punta de África y desciende en dirección sur hasta el Cueto del Arco, atraviesa a continuación la carretera nacional 634 y sigue el camino vecinal existente hasta el Pico Redondo. Desde este punto desciende hacia el sur cruzando la vía del ferrocarril Santander-Oviedo, a la altura del kilómetro 70, continúa por el camino vecinal hasta el contorno del pueblo de Serdio por el camino local de entrada al pueblo hasta el cruce con la carretera provincial S-221, en Estrada.
Sur: Desde el cruce de Estrada, en dirección oeste-este, sigue la carretera S-221 hasta el cruce con la S-214, en el lugar denominado El Parador. A continuación, en dirección al sureste, sigue la carretera S-214 a lo largo de 3 kilómetros hasta llegar a la entrada del pueblo de El Barcenal, donde desciende por el arroyo hasta el cruce del río del Escudo, cruzando antes, de nuevo, la vía férrea en el kilómetro 63. Desde este punto, situado aguas abajo a unos 400 metros de la piscifactoría de El Barcenal, el límite sigue la arista del monte que asciende hasta el Pico Sarria para descender a continuación por El Cotero de Morugas en dirección al nordeste hasta el camino vecinal. Desde este punto y siguiendo los caminos vecinales en dirección al norte, pasa por los lugares denominados El Cajigal, El Calvario, San Salvador, el barrio de Losvia, hasta llegar al cruce con la carretera nacional 634 en el Cotero. Desde este punto, siguiendo la carretera general el límite llega al cruce de La Revilla entre la CN-634 y la C-6316. A continuación, el límite sigue el trazado de la carretera comarcal C-6316 hasta el extremo este del pueblo de La Revilla, a la altura del punto kilométrico 30,5 aproximadamente. Desde aquí, desciende en dirección sureste pasando por el barrio de Sejo de Arriba y por el vado del Anguila cruza el arroyo Concejo y siguiendo la arista de las lomas pasa por el pozo Salado y Tasuguera hasta llegar al alto de Corona, al oeste del pueblo de Cabiedes. Desde este alto, continúa hasta la ermita de San Antonio y por la pista forestal que sigue la línea de la divisoria de aguas, el límite alcanza su punto más meridional en el lugar denominado paraje de los Pintores en el interior del monte Corona. El límite continúa por la pista forestal hasta la casa del guarda que constituye el final del borde sur del área en su extremo oeste.
Este: El límite discurre en dirección sur-norte, partiendo de la casa del guarda forestal del monte Carona, desciende siguiendo la pista que lleva a la ermita de San Esteban, pasando a continuación por Rubarbón, La Ventuca y Araos. Desde este punto desciende desde la loma hasta el arroyo de la Ensenada, en su encuentro con la carretera que lleva de Comillas a Ruiseñada. Desde el arroyo y pasando al oeste de la Casa de la Rotice, asciende hasta el alto de la Glorieta, desciende hasta el barrio de Rubárcena, cruzando en este lugar la carretera C-6316. A continuación, sube siguiendo un camino vecinal que discurre al oeste del Seminario Pontificio de Comillas y desciende finalmente hasta la costa en su extremo norte, en el punto donde comenzó esta descripción de los límites propuestos, en la desembocadura del regato que forma la ensenada de Lumbreras.
(Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de junio de 2006 En vigor BOE-A-2006-14083 Leer Qué cambió
21 de noviembre de 1988 Texto original Leer

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