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Legislación › Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989.

Artículo 70. Información de avales a las Cortes Generales.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1989 y la del 1 de enero de 1990. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Artículo 70. Información de avales a las Cortes Generales.
El Gobierno comunicará a las Comisiones de Presupuestos del Congreso de los Diputados y del Senado, con periodicidad trimestral, el importe y las características principales de los avales otorgados al amparo de las autorizaciones contenidas en el presente capítulo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1990 En vigor BOE-A-1989-30591 Leer Qué cambió
1 de enero de 1989 Texto original Leer

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