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Legislación › Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989.

ANEXO III

ANEXO III

Operaciones de crédito autorizadas a Organismos Autónomos y Entes Públicos

Pesetas
Ministerio de Defensa
Servicio Militar de Construcciones. 310.000.000
Ministerio de Economía y Hacienda
Consorcio de Compensación y Seguros. 85.051.000.000
Instituto de Crédito Oficial. 154.445.000.000
Ministerio del Interior
Patronato de Viviendas de la Guardia Civil. 409.346.000
Ministerio de Industria y Energía

Instituto Nacional de Industria.

(Las variaciones de pasivo circulante derivadas de operaciones de Tesorería concertadas por el Instituto Nacional de Industria con las Empresas en que participa mayoritariamente no se considerarán a efectos de computar el límite de operaciones de crédito que el presente apartado establece.)

160.000.000.000
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario.

(El endeudamiento únicamente podrá concertarlo con el Fondo de Reinstalación del Consejo de Europa.)

11.682.000.000

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