LexTotal

Legislación › Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989.

Disposición adicional undécima. Gastos de administración de la MUNPAL.

Disposición adicional undécima. Gastos de administración de la MUNPAL.

El número 2 del artículo 16 de la Ley 11/1960, de 12 de mayo, sobre creación de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local, quedará redactado como sigue:

«2. Los gastos de administración de la Mutualidad no podrán exceder del 2,5 por 100 de los recursos totales previstos en el ejercicio correspondiente.»

 

← Disposición adicional décima Índice Disposición adicional duodécima →