Legislación › Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989.
Disposición derogatoria segunda. Contribución Territorial Rústica.
Disposición derogatoria segunda. Contribución Territorial Rústica.
Queda derogada la Ley de 26 de septiembre de 1941 sobre ordenación de la Contribución Territorial Rústica y Pecuaria, facultándose al Gobierno para que regule la composición, funcionamiento y competencias de las Juntas Periciales de Catastros Inmobiliarios Rústicos.
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